interrumpir un embarazo es legal en 4 causales: cuando el embarazo afecta la salud de la mujer; el producto presenta malformaciones congénitas; el embarazo es producto de inseminación artificial; si el aborto es provocado de manera imprudencial (accidente) y además está despenalizado hasta las 12 semanas de gestación, en 3 años se abrieron 310 carpetas de investigación por del delito de aborto. Lo anterior se desprende de las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) el cual mide los delitos considerados de “alto impacto” como homicidio, violación, robo, corrupción de menores, extorsión, entre otros, con lo que coloca al aborto en la misma categoría de estos delitos. El registro de “aborto” inició en diciembre pasado y reveló que en tres años en el territorio nacional (2015-2017) se abrieron mil 524 carpetas de investigación por el delito de aborto, y la Ciudad de México se colocó a la cabeza de las entidades que criminalizan a quienes acceden o practican una interrupción del embarazo. Cabe destacar que la nueva metodología del SESNSP no detalla si estas carpetas corresponden a mujeres que interrumpieron un embarazo o a las personas que ayudaron a practicarlo, lo que sí indica es que en 2015 en la capital del país 131 personas fueron acusadas del delito de aborto (42 por ciento del total registrado en tres años). En años posteriores poco han disminuido las cifras; en 2016 se contabilizaron 105 y hasta noviembre de 2017 la ciudad ya sumaba otras 74 carpetas de investigación por aborto. En la Ciudad de México el aborto es legal hasta las 12 semanas de gestación desde hace ya casi 11 años, cuando el 24 de abril de 2007, en un triunfo histórico para las mujeres y el movimiento feminista, la Asamblea Legislativa aprobó modificar la Ley de Salud y el Artículo 144 del Código Penal local para despenalizar la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Aunque después de estos tres meses permitidos el aborto se considera un delito que alcanza penas de tres a seis meses de prisión o una sanción de 100 a 300 días de trabajo comunitario para las mujeres -precisa el Artículo 145 del Código Penal local- existen otras razones legales por las cuales las mujeres pueden abortar. En todo el territorio la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005, Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención (NOM 046) establece como un derecho la interrupción del embarazo cuando es producto de una violación sexual. Las víctimas pueden solicitarlo en las instancias públicas de salud sin necesidad de presentar una demanda, solo en caso de que la mujer sea menor de 12 años de edad, la normativa señala que es necesario que acudan con un tutor. OTROS ESTADOS En el resto del país la criminalización por aborto es similar a la Ciudad. El sistema del Secretariado Ejecutivo muestra que en 2017, a nivel nacional se registraron 479 carpetas de investigación por esta razón. Después de la capital, el estado de Baja California concentró 15 por ciento de estas denuncias (72 casos en total) y en el Estado de México 38 personas fueron señaladas de cometer este delito. También en Tamaulipas se iniciaron 30 investigaciones, Nuevo León contó 29 casos, Guanajuato y Jalisco registraron 27 casos respectivamente, y Veracruz contó 20. ABORTO, UN DERECHO Organismos internacionales como el Comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), por sus siglas en inglés ha urgido al Estado mexicano a armonizar las leyes estatales relativas al aborto y permitirlo por lo menos hasta las 12 semanas de gestación. Esta fue una de las recomendaciones que hizo CEDAW a México en 2012 (número 33), asimismo pidió eliminar los obstáculos que enfrentan las mujeres que desean interrumpir un embarazo y como recurso se ven orilladas a acudir a métodos inseguros que colocan su vida en riesgo. Por ello, el Comité insistió –además de la despenalización- en asegurar que todos los proveedores de servicios médicos apliquen debidamente la NOM 046, sean capacitados y se tenga personal no objetor de conciencia. Esta atención adecuada debe incluir la atención integral que debe revisar una víctima de violación como es la prevención de infecciones de transmisión sexual. Para este año México será evaluado por este Comité quien determinará si el Estado cumplió con esta recomendación en materia de derechos sexuales y reproductivos, entre otras temáticas correspondientes a la violencia cometida contra las mujeres. INTERRUPCIONES LEGALES EN CDMX En tanto, en los servicios de interrupción legal del embarazo (ILE) de la Ciudad se han practicado 188 mil 224 abortos seguros de abril 2007 a diciembre de 2017. De estos, 132 mil 843 corresponden a mujeres habitantes de la urbe, el otro 28 por ciento, son mujeres que se trasladan de otros estados de la república debido a las leyes restrictivas que enfrentan. Principalmente provienen de entidades cercanas. Del Estado de México acudieron 48 mil 458 mujeres al servicio de ILE, de Puebla mil 119 mujeres, de Hidalgo 959, Morelos (685), Jalisco (486) y de Veracruz (415). Un 46 por ciento de las mexicanas que abortaron de forma legal en la capital tenían entre 18 y 14 años de edad por lo que cursan estudios de secundaria y preparatoria. Asimismo las estadísticas del programa indican que 28 por ciento acudió en las primeras cuatro semanas de gestación, únicamente uno por ciento lo hizo en la doceava semana. Con información de CIMAC]]>
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