Interrupción Legal del Embarazo (ILE). La coordinadora en Oaxaca de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddeser), Mayra Morales, señaló que en 2016 la organización acompañó dos casos de mujeres a las que los SSO, y en específico en el Hospital Civil Doctor Aurelio Valdivieso, no otorgó este servicio. En ese sentido, la Red manifestó que el sector salud en la entidad comete violaciones a las leyes al negar a las mujeres el derecho de abortar por las causales permitidas, además que pasan por encima de la Norma Oficial Mexicana número 046, relacionada con la violencia familiar, sexual y contra las mujeres.

QUÉ DICE LA LEY

Ley General de Víctimas establece que:

En caso de embarazo por violación, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley […]

Las instituciones públicas de atención médica, deberán contar con médicos y enfermeras capacitados no objetores de conciencia […]

Anticoncepción de emergencia e interrupción voluntaria del embarazo, conforme a la legislación correspondiente […]

La defensora indicó que existe opacidad institucional sobre los temas de violencia contra las mujeres. Durante el año pasado solicitaron a través de transparencia y acceso a la información datos a los SSO y a la Fiscalía General del Estado sobre número de mujeres embarazadas a causa de una violación sexual, victimas de violencia sexual, cuantas de ellas requirieron de un aborto legal; la información no se proporcionó. De acuerdo con este grupo a favor de las mujeres, se calcula que entre los años 2009 y 2010 por cada ILE que realizaron los servicios de salud se practicaron cuatro más de forma clandestina. Es decir, que durante esos años se realizaron alrededor de 6 mil 400 abortos fuera de las instituciones públicas. Destacó la falta de conocimiento de las nuevas disposiciones de ley por parte de las autoridades, pues la ILE se debería realizar en cualquier centro de salud, mientras que el personal “no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el Artículo Cinco, de la Ley General de Víctimas”. Métodos alternativos La representate de la Red de Católicas por el Derecho a Decidir, Valentina Jasso, señaló que ante la negativa a un aborto legal en las instituciones de gobierno, las embarazadas acuden a otras formas para abortar, las cuales ponen en riesgo su vida. Expuso que entre las medidas que destacan para abortar es ingerir infuisiones de yerbas recomendadas entre las propias mujeres o curanderos, o bien, recetas vistas en internet. En otros casos acuden a clínicas particulares para interrumpir el embarazo. Ambos agrupaciones, cada una por su parte, exigió que modificaciones a las leyes para que el embarazo también puedan interrumpirse por el derecho a decidir a ser madres.

En Oaxaca, se permite en caso de:

Violación.

Imprudencia o culposo.

Peligro de muerte.

Malformaciones genéticas o congénitas graves del producto.

Con información de NVI Noticias[:]]]>