El fallo que la SCJN realizó en septiembre, da pie a que 27 entidades no puedan criminalizar la interrupción del embarazo.
Las y los legisladores de los congresos locales en 27 estados mexicanos tienen la obligación de intervenir los códigos penales estatales y cualquier otra norma que criminalice la interrupción del embarazo, explica Rebeca Loera, coordinadora de incidencia en políticas públicas de GIRE.
“El reciente fallo de la Corte lo que dice ahora es: si no despenalizas estás yendo contra la Constitución”, recalca la especialista.
En 2019, Oaxaca dio el paso; dos años más tarde, este 2021, a la corta lista se unieron Veracruz e Hidalgo, y apenas hace unos días Baja California.
En el resto del país todavía hay normativas que criminalizan el aborto en las primeras semanas de gestación, salvo algunas excepciones que varían entre cada uno de los estados, como que el embarazo sea a consecuencia de una violación, cuando la vida de la mujer corre peligro, cuando el producto tiene malformaciones o por causas económicas graves.
Decisión histórica de la Corte.
Pero este año, el 7 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, además de pronunciarse a favor de que las mujeres y personas gestantes puedan decidir sobre sus cuerpos sin que esto conlleve consecuencias penales, abriendo un parteaguas para que en todo México se avance hacia la despenalización.
“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión que me parece, si ya de por sí es difícil y dura por la carga moral y social, individual y espiritual, no debería serlo más por la fuerza del derecho. Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar”, fue uno de los argumentos de la ministra Margarita Ríos Farjat en una de sus intervenciones durante la sesión.
La resolución de la SCJN abre la pauta a iniciar procesos legislativos en cada uno de los 27 estados.
“Se necesita de, al menos, un legislador o legisladora que se tome en serio este tema, emprenda su propia iniciativa y ésta sea analizada en las comisiones pertinentes para dar su salida ante el Pleno y se proceda a votación favorable”, explica Rebeca Loera.
Baja California despenaliza el aborto.
Apenas el viernes 29 de octubre, el Congreso de Baja California rechazó realizar modificaciones a la Constitución local que garantizarían a las mujeres y personas gestantes en el estado el derecho a decidir sobre su propio cuerpo. Faltó uno de los 15 votos a favor necesarios para que las y los diputados hicieran las modificaciones constitucionales, lo que fue en contra de la reciente sentencia de la SCJN.
Sin embargo, en una segunda votación, el Congreso sí aprobó modificaciones al Código Penal local para despenalizar el aborto dentro de las primeras 12 semanas de gestación, así como reformas a la Ley estatal de Salud (para garantizar el acceso a servicios de aborto legal) y a la Ley de Víctimas (para reconocer el derecho de anticoncepción de emergencia e interrupción legal del embarazo a víctimas de violencia sexual).
Así, con 15 votos a favor, Baja California se convirtió en el quinto estado mexicano en despenalizar el aborto.
La diferencia entre lo que ocurría antes, cuando llegaban estas iniciativas al Pleno, es que ahora los congresos locales no pueden ir en contra de la Constitución, por lo que el fallo de la SCJN es una herramienta para que se pueda legislar sobre el respeto al derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos.
Estados que han intentado.
El 29 de junio de este año, el Congreso de Baja California Sur rechazó aprobar la iniciativa para despenalizar el aborto en la entidad.
Meses antes, en Quintana Roo el Congreso otorgó 13 votos en contra y siete a favor sobre la iniciativa de la interrupción legal del embarazo, luego de que los grupos feministas presionaran a las y los diputados locales a legislar en la materia.
El camino que marcó la SCJN con su reciente resolución es que para los congresos locales ya no es opcional la despenalización, “en más de una ocasión estos avances dependieron de arreglos políticos o voluntad política, pero ahora ya no tienen otra opción más que legislar en favor de nuestros derechos”, insiste Loera.
“El camino está trazado y se tiene que hacer sí o sí. El fallo de la Corte no es sólo jurídico sino político”, advierte Adriana Jiménez, directora de Ddser. La especialista señala que el obstaculizar los derechos sexuales y reproductivos ha sido utilizado políticamente.
Información y servicios, la ruta paralela para acceder a un aborto.
Mientras la ruta legislativa avanza, hay otros dos caminos para garantizar que las mujeres tengan acceso a abortos libres y seguros en México.
Primero, el papel del Poder Ejecutivo Federal en la difusión de información para toda la población para ejercer el derecho a decidir. Loera señala el reciente proyecto que la Secretaría de Salud (Ssa) emitió: el Programa de Acción Específico Salud Sexual y Reproductiva 2020-2024 que coloca al aborto seguro como un objetivo prioritario dentro de la política de salud.
La Ssa establece que la seguridad de la atención del aborto no depende sólo de un marco legal, sino de la adecuada implementación para garantizarlo.
“Frecuentemente se presentan barreras en la disponibilidad y acceso oportuno al aborto como las interpretaciones restrictivas de las leyes, la falta de información de las y los profesionales de la salud y el estigma, la solicitud de requisitos innecesarios, como periodos obligatorios de espera, consejería obligatoria, autorización por una tercera instancia y pruebas médicas no indicadas o información errónea que conduce al retraso en la atención”.
“Avanzar en el tema de las leyes nos pone en la mitad del camino, comienza el trabajo real para que las mujeres en cualquier municipio, sin restricción, puedan acceder a un aborto gratuito, libre y seguro”.
Con información de Aristegui Noticias.