Cualquier ley que prohíba el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La Corte ordenó publicar en el Semanario Judicial una jurisprudencia mediante la cual establece: «La Ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad del matrimonio es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional». Precisó que la finalidad constitucional del matrimonio es la protección de la familia, por lo que calificaron como «no idóneo» que algunas legislaciones limiten su función a la procreación. Calificó de discriminatorio vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales, ya que éstas no constituyen un aspecto relevante en cuanto a la protección de la familia. En cuanto a las legislaciones que definen al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, la jurisprudencia estableció que se trata de una «enunciación discriminatoria en su mera expresión». El texto señala que «Bajo ninguna circunstancia se puede negar o restringir a nadie un derecho con base en su orientación sexual» La jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia considera inconstitucionales los códigos civiles en los que el matrimonio es entendido como la unión entre un hombre y una mujer y, aunque no prevé modificar ninguna ley, obliga a los jueces a fallar a favor de las parejas que presenten un juicio de amparo para poder casarse. «Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales», dice la jurisprudencia del máximo tribunal. Una resolución previa de la Suprema Corte había permitido que algunas parejas homosexuales de otros estados lograran que se reconociera su matrimonio mediante un amparo. La nueva jurisprudencia permitirá que las parejas ganen estos juicios de manera automática y sencilla, impidiendo que un juez pueda negarse a que celebren la boda. La nueva decisión del Supremo «es un avance histórico de reconocimiento de derechos de la comunidad de la diversidad sexual», ha celebrado, de su lado, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred). Chile aprobó este año la unión civil entre parejas homosexuales mientras que Ecuador y Colombia han tomado pasos para reconocer las uniones civiles de parejas del mismo sexo Con información de Excélsior y Economía Hoy http://www.excelsior.com.mx/nacional/2015/06/14/1029322 http://www.economiahoy.mx/politica-eAm-mx/noticias/6795424/06/15/Comunidad-lesbicagay-celebra-decision-de-SCJN-de-abrir-matrimonio-homosexual-en-el-pais.html#.Kku8V6fq3iU9wwG]]>
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