Interrupción Legal del Embarazo (ILE). La causal por el delito de violación es la que prevalece en toda la República Mexicana. Sin embargo, cuando no existe denuncia ante el Ministerio Público por parte de la persona que sufrió la agresión, esta puede pasar de ser víctima a victimario: acusada por el delito de aborto o infanticidio; aun cuando su interrupción haya sido “legal” o por la pérdida accidental del producto. En la Ciudad de México, la Interrupción Legal del Embarazo se aprobó en 2007. Esta es la única entidad federativa que permite la ILE por las ocho causales existentes: violación; imprudencial o culposo; peligro de muerte; alteraciones genéticas o congénitas graves en el producto; riesgo de salud; inseminación artificial no consentida; causas económicas; y voluntad de la mujer, hasta las doce semanas de gestación. Las mujeres que no tienen el deseo de ser madres y residen en un estado que prohíbe o castiga la interrupción del embarazo —como es el caso de Sonora, que establece condenas de seis años de cárcel; Querétaro y San Luis Potosí, con cinco años de prisión; Guerrero, Hidalgo, Tabasco y Sinaloa, con tres años privativos de la libertad—, se ven obligadas a trasladarse a la Ciudad de México para practicar una ILE segura. Pero quienes no tienen esa posibilidad, generalmente acuden a servicios privados o clandestinos para inducir un aborto. Esto debido al miedo de ser sancionadas o penalizadas por las leyes locales. Rafaella Schiavon, especialista en defensa, protección de la salud y de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, señala que el riesgo “es que la mujer asista a un sitio no capacitado, que no tenga las condiciones higiénicas requeridas o con personal que no esté autorizado, ni con la tecnología apropiada”. Schiavon asegura que por otro lado existe el riesgo de que la mujer se induzca procedimientos en un marco de inseguridad y de falta de conocimiento. Detalla que “bajo estas condiciones y dependiendo de la metodología que implique este aborto inseguro, los riesgo principales son: perforaciones y sepsis”, lo que genera daños graves en el útero, así como infección e inflamación en el sexo. Rafaella Schiavon asegura que, incluso, una mala intervención conlleva a la infertilidad futura y a hemorragias que pueden ser mortales. Además, detalla que legalizar el aborto en el país es de suma importancia, ya que “en casi 165 mil procedimientos realizados desde la despenalización del aborto en los servicios públicos de la ciudad, dentro de las primeras 12 semanas, no ha habido una sola muerte”.

Criminalización del aborto

Aun cuando existen diversas causales en todo el país para interrumpir el embarazo de manera segura y legal, estas no se respetan. Tal es el caso de Hilda, quien fue sometida a un proceso penal. Hilda, una joven de 18 años, fue acusada de aborto mientras era atendida en el Hospital Básico Comunitario en Tamuín, San Luis Potosí; estado que “protege la vida desde la concepción”. La denuncia la hizo una trabajadora social de dicha institución. Hilda es una mujer de escasos recursos y realiza tareas domésticas que muchas veces implican un esfuerzo físico considerable. El 9 de julio de 2009 llegó al hospital acompañada de su hermana, y más tarde llegó su madre. Presentaba malestar, cólicos y sangrado vaginal, además de un desmayo previo a su traslado al hospital. De acuerdo con el expediente clínico, ella tenía un embarazo de 6.1 semanas; se observaban restos embrionarios en el canal vaginal, por lo que fue sometida a un legrado uterino. En el expediente se asentó como diagnóstico un “aborto incompleto provocado”. A partir de este suceso, el personal del hospital dio conocimiento al Ministerio Público y se inició la averiguación previa. Durante las siete horas que permaneció en el hospital, Hilda fue custodiada por la policía y trasladada posteriormente a los separos, donde permaneció una noche. La liberaron al día siguiente por falta de pruebas. La investigación, sin embargo, quedó abierta sin que ella lo supiera, por lo que tres años después se giró una orden de aprehensión en su contra, el 5 de abril de 2013. La policía la detuvo nuevamente y la trasladó al centro penitenciario, donde permaneció alrededor de 20 horas. Fue sujeta a un proceso penal, acusada de provocarse un aborto mediante pastillas. Hilda tuvo que asumir el pago de tres mil pesos por concepto de una fianza para obtener su libertad provisional, pues el Juez Tercero Mixto de Ciudad Valles sentenció a la joven a un año de prisión por encontrarla responsable del delito de aborto. Casos como este se viven a menudo al interior de la República Mexicana. Miles de mujeres sufren este tipo de violencia ante el señalamiento por decidir no continuar con su embarazo, en ciudades donde la interrupción del proceso de gestación no se permite. El caso de esta joven fue documentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), organización que brinda asesoría jurídica y apoyo psicológico gratuito a mujeres de escasos recursos.

Grupos conservadores e ignorancia médica

“Los estados más restrictivos son Guanajuato y Querétaro, que están altamente influenciados por la Iglesia Católica”, afirma Jacqueline Álvarez Milflores, abogada de GIRE. “Estos grupos conservadores han hecho bastante presión para que existan muchas medidas represivas para las mujeres que son criminalizadas; desde ser revictimizadas por los funcionarios públicos, hasta contar con una pena de prisión o una multa”. Asegura que en la mayoría de los casos donde intervienen, es en menores de edad que fueron víctimas de violación. Sin embargo, en las entidades federativas, “muchas veces no se reconoce como tal el delito de violación y lo reclasifican como estupro”. Es decir, como un acto de común acuerdo para llevar a cabo una relación sexual entre un adulto y una menor de edad. Lo cual, de acuerdo con la organización, “implica una gran dificultad para la mujer al querer acceder al servicio (ILE)”. “A mí me tocó seguir de cerca un caso en Tabasco de una menor violada, de 10 años. Al llegar al hospital, el principal obstáculo que ellos creían tener (los médicos), era que el Comité de Bioética no creía viable conceder el servicio (…) Cuando claramente había sido víctima de violencia y necesitaba el servicio de emergencia. Ellos no lo veían tan grave porque nos comentaron que, incluso, había niñas mucho más pequeñas que ella; lo cuál era inconcebible”.

En cifras

La Secretaría de Salud de la Ciudad de México (Sedesa) registró de abril de 2007 al 29 de septiembre de 2016, 166 mil 398 Interrupciones Legales del Embarazo (ILE), de las cuales: 119 mil 31 correspondieron a mujeres que residen en la capital del país, 41 mil 490 a pacientes que provienen del Estado de México, 967 de Puebla, 795 de Hidalgo, 580 de Morelos y 407 de Querétaro. El resto se divide entre las entidades federativas faltantes y mujeres extranjeras que vienen a México a practicarse un ILE seguro. De acuerdo con Jacqueline Álvarez, esta condición se debe a que “hace falta homologar el Código Penal Federal a la Ley General de Víctimas. Pues a pesar de que la Ley General de Víctimas remite a que la interrupción se haga tomando en cuenta los códigos estatales, estos no están homologados al Código Penal Federal, por lo que existe un desfase en las leyes. Esto causa incertidumbre jurídica para todas las mujeres y que no se garantice el acceso a la interrupción”. Cualquier mujer de cualquier estado puede acudir a la CDMX por una interrupción legal del embarazo en los centros Marie Stopes, donde también hay un programa de subsidios para mujeres en situaciones vulnerables. Con información de Reporte Nivel Uno]]>